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Cambio de titularidad de un coche en la DGT: guía del trámite

El cambio de titularidad de un coche es el trámite que pone el vehículo a nombre del comprador en el Registro de Vehículos de la DGT. Te explicamos quién lo hace, qué se suele pedir y qué errores retrasan o bloquean la transferencia.

Información general, no asesoramiento legal ni fiscal. Los requisitos, modelos y tasas de la DGT y de las comunidades autónomas cambian con el tiempo. Antes de iniciar el trámite, consulta la sede electrónica de la DGT (sede.dgt.gob.es) y la agencia tributaria de tu comunidad, o apóyate en una gestoría.

El cambio de titularidad de un coche, que mucha gente sigue llamando «transferencia», es la anotación en el Registro de Vehículos de la DGT de que el coche tiene un nuevo dueño. Firmar un contrato y entregar las llaves no basta: hasta que la DGT lo registra, a efectos administrativos el titular sigue siendo el vendedor. En esta guía explicamos el trámite tal y como lo vemos los peritos que acompañamos compras de coches usados a diario, con las dudas que más nos plantean los clientes.

Qué es el cambio de titularidad de un coche y por qué no conviene retrasarlo

El Registro de Vehículos identifica quién responde de cada coche. Lo consultan los ayuntamientos para cobrar el impuesto de circulación, las administraciones para notificar sanciones y otros organismos para identificar al titular en caso de accidente o abandono. Mientras el registro no cambie:

  • El vendedor puede seguir recibiendo multas de tráfico, avisos de aparcamiento o recibos de impuestos de un coche que ya no tiene.
  • El comprador no figura como dueño, lo que complica contratar algunos seguros, venderlo después o hacer otros trámites con el vehículo.
  • Si aparece un embargo contra el antiguo titular, el coche puede verse afectado mientras siga inscrito a su nombre.

La normativa de vehículos establece plazos breves para comunicar la venta y para solicitar el cambio. Las referencias habituales hablan de unos diez días para que el vendedor notifique la transmisión y de unos treinta días para que el comprador solicite la transferencia, pero comprueba los plazos vigentes en la sede de la DGT: lo sensato es no esperar y hacerlo en los días siguientes a la compra.

Quién tiene que hacer cada gestión

Hay dos actuaciones distintas que a menudo se confunden:

GestiónQuién la hacePara qué sirve
Notificación de ventaEl vendedorComunica a la DGT que ha vendido el coche y desde cuándo, para dejar de responder de él
Solicitud de cambio de titularidadEl comprador (o la gestoría que contrate)Inscribe el coche a nombre del nuevo propietario y genera el nuevo permiso de circulación
Liquidación del impuestoNormalmente el compradorPaga o declara la transmisión ante la comunidad autónoma o la Hacienda que corresponda

En una compra entre particulares lo más limpio es que ambos acudan juntos o que el comprador presente el trámite completo con la documentación firmada por los dos. Si el vendedor no se fía de que el comprador lo vaya a tramitar, puede presentar por su cuenta la notificación de venta; eso le protege, aunque no pone el coche a nombre del comprador. Cuando el coche se vende a un profesional que lo va a revender, existe una vía específica para comunicar la entrega a la compraventa; en ese caso, pide al profesional el justificante.

Documentación habitual para el cambio de titularidad

La lista exacta la marca la DGT y puede variar según el caso, pero en una transmisión entre particulares suele pedirse:

  • Solicitud oficial del trámite (el formulario está en la sede de la DGT) firmada por quien lo solicita.
  • Documento de identidad en vigor del comprador y, según el caso, del vendedor (DNI, NIE o equivalente; si es una empresa, CIF y acreditación de quien la representa).
  • Contrato de compraventa o documento que acredite la transmisión, firmado por ambas partes.
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Justificante del impuesto de la transmisión (pago, exención o no sujeción) emitido por la administración tributaria competente.
  • Acreditación de estar al corriente del impuesto de circulación del municipio, cuando se exija.
  • ITV en vigor, en los casos en que la normativa lo requiera.
  • Pago de la tasa de la DGT correspondiente al trámite.

Si el comprador es menor de edad, una persona con representación legal o alguien que actúa con poder notarial, se añaden los documentos que acreditan esa representación. Para evitar viajes de vuelta, revisa la lista actualizada en la ficha del trámite antes de pedir cita.

El impuesto de la transmisión: ITP o IVA

Este es el punto que más dudas genera, y no podemos darte cifras porque dependen de la comunidad autónoma y cambian con el tiempo. Lo que sí podemos explicar es la lógica general:

  • Si compras a un particular, lo normal es que el comprador tenga que liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en su comunidad autónoma. La base suele calcularse con unas tablas de valores oficiales que publica Hacienda para cada modelo y antigüedad, o con el precio pactado si es mayor, según la normativa aplicable.
  • Si compras a una empresa o profesional que factura la venta, la operación suele ir con IVA incluido en la factura (en ocasiones mediante un régimen especial para bienes usados), y en ese caso normalmente no se paga ITP. Pide siempre la factura.

Cada comunidad tiene su propio modelo de autoliquidación, sus plazos y, a veces, bonificaciones o exenciones para ciertos vehículos. En los territorios forales del País Vasco y Navarra el impuesto lo gestiona su propia Hacienda. Consulta la web de la agencia tributaria de tu comunidad o pregunta a una gestoría antes de presentar nada.

Consejo de perito: si el precio pactado es mucho más bajo de lo que dicen las tablas oficiales porque el coche tiene daños o averías importantes, guarda pruebas del estado real (fotos, presupuestos, un informe técnico). Si Hacienda revisa el valor, te servirán para justificar el precio. Consulta con tu asesor cómo hacerlo valer.

El trámite paso a paso

  1. Antes de pagar, consulta el informe del vehículo para descartar embargos, precintos o reservas de dominio. Si hay alguno, el cambio de titularidad puede quedar bloqueado.
  2. Firmad el contrato con fecha y hora de entrega, datos completos y bastidor, y quedaos cada uno con un ejemplar y con copia de los documentos de identidad.
  3. Liquida el impuesto de la transmisión en tu comunidad (o guarda la factura con IVA si el vendedor es un profesional).
  4. Paga la tasa de la DGT. Puede abonarse por internet y obtendrás un justificante con un código que se asocia al trámite.
  5. Presenta la solicitud por la vía que elijas: sede electrónica, cita previa en una Jefatura de Tráfico o gestoría.
  6. Recibe el nuevo permiso de circulación a tu nombre. Según la vía, se entrega en el momento, se envía por correo o queda disponible en formato digital mientras llega el documento.
  7. Comprueba que todo está bien: tus datos, el domicilio y el bastidor. Un error de domicilio hace que las notificaciones vayan a otro sitio.

Online, presencial o con gestoría: cómo elegir

VíaVentajasInconvenientes
Sede electrónica de la DGTSin desplazamientos ni colas; útil cuando ambas partes tienen identificación electrónicaRequiere certificado digital, Cl@ve u otro sistema admitido, y algo de soltura con los formularios
Jefatura de Tráfico con cita previaUn funcionario revisa la documentación en el momentoPuede haber espera para conseguir cita y hay que desplazarse
Gestoría administrativaSe encargan de todo, incluido el impuesto, y detectan problemas antes de presentarHay que pagar sus honorarios además de la tasa y el impuesto

Para una compra sencilla entre particulares con la documentación en regla, muchos compradores lo hacen por su cuenta. Si hay herencias, empresas, vehículos importados, cargas pendientes o prisa, una gestoría suele compensar.

Lo que puede bloquear la transferencia

En las compras que revisamos, los problemas que más paralizan el cambio de nombre son siempre los mismos:

  • Embargos anotados contra el vehículo por deudas del titular.
  • Reserva de dominio de una financiera: el coche no está totalmente pagado y la entidad conserva derechos sobre él hasta que se cancela.
  • Precintos u otras limitaciones de disposición ordenadas por una administración o un juzgado.
  • Baja temporal o definitiva del vehículo, que exige trámites previos para volver a circular.
  • Datos que no coinciden: bastidor, titular o domicilio distintos entre el contrato, el permiso y el registro.

Casi todos se detectan antes de comprar consultando el informe DGT del vehículo. Por eso insistimos en pedirlo justo antes de pagar, no días antes: una anotación puede aparecer entre la primera visita y la firma.

Casos que se salen de lo normal

Coche heredado

Cuando el titular ha fallecido, la transmisión se hace a favor de los herederos y la documentación incluye la que acredita la herencia. Si los herederos quieren vender, normalmente primero hay que regularizar la titularidad. Aquí la gestoría es casi imprescindible.

Compra a una empresa o compraventa

Si compras a un profesional, el vendedor suele ofrecerse a tramitar el cambio de nombre. Pide que conste en el contrato o la factura quién lo hace y en qué plazo, y comprueba después en el informe del vehículo que figura a tu nombre. Si dudas entre comprar a un profesional o a una persona, lee nuestra comparativa sobre comprar en concesionario o a un particular.

Vendedor que no aparece

Si has pagado y el vendedor no firma o desaparece, conserva contrato, justificante de pago y mensajes. La solución depende del caso y puede requerir asesoramiento jurídico.

Cuando el coche ya figura a tu nombre

  • Actualiza el seguro con los datos del nuevo permiso, si lo contrataste antes del cambio.
  • Revisa que el domicilio registrado es el correcto; de él depende el ayuntamiento que te cobrará el impuesto de circulación los próximos años.
  • Guarda copia del contrato, del justificante del impuesto y de la tasa.
  • Activa las notificaciones electrónicas de la DGT si quieres recibir avisos de ITV o multas en el móvil.

Y si todavía estás buscando coche, recuerda que el papeleo es solo una parte. Antes del cambio de nombre conviene saber qué estás comprando: nuestra guía para comprar un coche usado a un particular paso a paso explica cómo encajar la revisión técnica, la señal y el contrato para llegar al trámite sin sorpresas.

Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes sobre la transferencia de un coche

¿No encuentras tu pregunta? Escríbenos y te responde un perito.

¿Cuánto tarda en hacerse efectivo el cambio de titularidad?

Depende de la vía. En la sede electrónica o en la Jefatura, con la documentación correcta, el registro suele ser rápido; con gestoría depende de su carga de trabajo. Lo que más retrasa el proceso son los errores en documentos y las cargas pendientes.

¿Qué pasa si el comprador nunca hace la transferencia?

El coche sigue registrado a nombre del vendedor, que puede seguir recibiendo multas e impuestos. Por eso es recomendable que el vendedor comunique la venta a la DGT con el contrato, aunque el comprador no haya hecho su parte.

¿Se puede hacer el cambio de titularidad sin ITV en vigor?

Depende de la normativa vigente y del tipo de vehículo. Como regla práctica, conviene que la ITV esté en vigor o pactar con el vendedor quién se encarga de pasarla. Consulta los requisitos actuales en la sede de la DGT antes de cerrar la compra.

¿Tengo que pagar ITP si el coche me lo vende un concesionario?

Normalmente no, porque la venta de un profesional suele ir con IVA en la factura. Aun así, hay supuestos particulares; si tienes dudas, consulta a la agencia tributaria de tu comunidad o a una gestoría.

¿Puedo circular con el coche antes de que esté a mi nombre?

Puedes circular si el coche tiene seguro en vigor, ITV vigente y llevas la documentación. Para evitar problemas, contrata el seguro a tu nombre desde la entrega y tramita el cambio cuanto antes.

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